viernes, 27 de junio de 2008

URBANISMO | Se revocó la suspensión de los recitales en River Plate

El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires suspendió la norma que impedía la realización de espectáculos musicales en el estadio de River Plate, debido a que el club inició el procedimiento técnico administrativo de la Ley N° 123 de Evaluación del Impacto Ambiental.
La Agencia de Protección Ambiental, dependiente del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, realizará mediciones in situ durante los próximos eventos.

En ese marco, River deberá cumplir la totalidad de los siguientes puntos:

Nivel sonoro continuo máximo en mangrullos de 100 dBA, con instalación de limitadores de sonido. Monitoreo en tiempo real del cumplimiento de este nivel.
Ubicación del escenario en posición que ofrezca la menor incidencia de niveles sonoros sobre el vecindario.
Los equipos de sonido deberán estar diseccionados de manera tal que generen la menor propagación de ruidos y vibraciones hacia las adyacencias del predio.
Colocación de forma suspendida de los gabinetes acústicos, fundamentalmente los sub-graves.
En caso de que se utilice el campo de juego, colocación de cobertor para atenuar vibraciones. Este piso deberá estar conformado preferiblemente por baldosas independientes articuladas, de material elasto-plástico altamente resistente, con mínimo contacto con el suelo a través de patas de apoyo y nivelación.
Por su parte la Agencia medirá los niveles sonoros y vibraciones en las adyacencias del predio durante el transcurso del próximo evento musical. Además, se medirán niveles sonoros y vibraciones previos a la realización del espectáculo a fin de determinar una “Línea de Base Acústica”.
Por último, se realizará un Informe de Evaluación de Impacto Acústico para obtener un diagnóstico de la situación y proponer medidas de mitigación.

Antecedentes

El 29 de mayo de este año, mediante la resolución Nº 100, la Agencia de Protección Ambiental porteña resolvió suspender la realización de espectáculos musicales en el estadio del Club Atlético River Plate hasta tanto la entidad no diese “cumplimiento a las prescripciones de las leyes Nº 123 y 1540”.
En ese momento el Club River Plate inició el procedimiento técnico administrativo que dictan las mencionadas normas y presentaron mediciones acústicas que serán corroboradas por la Agencia durante la realización de los próximos recitales.



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